
78 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 3 de junio de 2008
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subdelegación de Procedimientos Penales y Amparo "C” Zona Norte
Agencia Segunda del Ministerio Público de la Federación Especializada en Delitos Contemplados
en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Nuevo Laredo, Tamps.
Expediente AP/PGR/TAMPS/NL-II/377/08
Oficio 803
ASUNTO: SE COMUNICA ASEGURAMIENTO.
A LOS CC. REPRESENTANTES LEGALES Y/O PROPIETARIOS DE LOS VEHICULOS ASEGURADOS.
DOM: DESCONOCIDO.
En cumplimiento a lo establecido por los artículos 3 de la Ley Federal para la Administración y
Enajenación de Bienes del Sector Público en relación con los artículos 182-A y 182-B, fracción II del Código
Federal de Procedimientos Penales, se notifica que esta Representación Social de la Federación, dentro de la
Averiguación Previa Penal número AP/PGR/TAMPS/NL-lI/377/08, que se instruye en contra de QUIEN
O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por los delitos CONTRA LA SALUD, ROBO DE VEHICULO
COMETIDO EN EL EXTRANJERO Y EL PREVISTO EN LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y
EXPLOSIVOS, decretó el aseguramiento de una camioneta marca Jeep, línea Grand Cherokee (blindada)
color guindo, placa de circulación trasera XBR-16-81 del Estado de Tamaulipas, serie número
1J8HR68286C211352, color guindo, cuatro puertas, se encuentra el parabrisas estrellado; una camioneta
marca Jeep, línea Grand Cherokee (blindada), color azul, placas de circulación XCD-37-19 del Estado de
Tamaulipas, serie número IJ4GW68N9XC678426; una camioneta marca Jeep, línea Grand Cherokee
(blindada) color negro, placas de circulación XBR-16-81 del Estado de Tamaulipas, serie número
IJ8HR682X6C306074; los cuales se encuentran en guarda y custodia del C. Comandante del Primer Regimiento
de Caballería Motorizada en el Cuartel militar de esta ciudad, ubicado en Doctor Mierr y Lucio Blanco.
Lo que se hace de su conocimiento que queda a su disposición en esta oficina la copia certificada del acta
levantada con motivo de dicho aseguramiento y que actualmente se encuentra en poder del Servicio de
Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Así mismo se le notifica que cuenta con un término
de noventa días naturales, computables a partir de la presente notificación, para que se presente a reclamar
dichos vehículos descritos, apercibiéndolo que de no hacerlo causará abandono a favor del Gobierno Federal.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Nuevo Laredo, Tamps., a 15 de abril de 2008.
El C. Agente del Ministerio Público de la Federación
Titular de la Agencia Segunda Especializada en Delitos Contemplados
en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Lic. Rodolfo Sosa León
Rúbrica.
(R.- 268318)
Estados Unidos Mexicanos
Procuraduría General de la República
Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada
Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
y de Falsificación o Alteración de Moneda
Coordinación General de Integración y Seguimiento
EDICTO
Se notifica al C. JOSE LUIS LADDAGA LOPEZ con RFC LALL7609227J2, el acuerdo de aseguramiento
provisional de fecha 23 veintitrés de abril de 2008 dos mil ocho, dictado en autos de la indagatoria
PGR/SIEDO/UEIORPIFAM/024/2008, por el cual se decretó el aseguramiento de todas y cada una de las
cuentas bancarias y/o contratos de cualquier tipo (ahorro, cheques, inversión, bursátiles, crédito con garantía,
fideicomisos, valores, etc.), tarjetas de crédito y débito, cajas de seguridad que existan en todas y cada una de
las instituciones que integran el sistema nacional financiero, en los que aparezca como titular, cotitular,
beneficiario y/o representante legal; lo anterior a efecto de que manifieste lo que a su derecho convenga en
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